¿Qué es una licitación pública y por qué puede interesarle a tu empresa?

Una licitación pública es el procedimiento por el que una Administración selecciona a la empresa que va a ejecutar una obra, prestar un servicio o suministrar un producto. Para una pyme, es una vía de ingresos estable y de pago garantizado por ley.

Cada año, el sector público español adjudica miles de contratos de obras, servicios y suministros: desde el mantenimiento de un edificio municipal hasta servicios de consultoría, limpieza, construcción o suministro de material. Todos estos contratos se publican y adjudican siguiendo un procedimiento reglado por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP).

Para una pyme, licitar tiene ventajas que no siempre se valoran: el pago está garantizado por ley (a diferencia de muchos clientes privados), el procedimiento es transparente y accesible por igual a empresas grandes y pequeñas, y ganar un contrato público suele abrir la puerta a licitar en futuras convocatorias con más solvencia acreditada.

Los requisitos para poder presentarte

Los requisitos base son: tener capacidad de obrar, no estar incurso en ninguna prohibición de contratar, y acreditar solvencia económica y financiera y solvencia técnica o profesional adecuadas al objeto y al importe del contrato.

1
Capacidad de obrar

Estar válidamente constituido como empresario o profesional, con objeto social que incluya la actividad del contrato, y disponer de la habilitación profesional exigible cuando el contrato lo requiera.

2
No estar en prohibición de contratar

La LCSP recoge un listado de circunstancias que impiden contratar con el sector público: condenas penales relacionadas con la actividad, incumplimientos tributarios o con la Seguridad Social, o haber sido sancionado por falseamiento de la competencia, entre otras.

3
Solvencia económica y financiera

Se acredita normalmente con el volumen de negocio de los últimos años, un seguro de responsabilidad civil o ratios financieros, según lo que pida el pliego. El importe exigido debe ser proporcional al contrato.

4
Solvencia técnica o profesional

Se acredita con la relación de trabajos, servicios o suministros similares ejecutados en los últimos años, los medios humanos y técnicos disponibles, o titulaciones concretas del equipo, según el tipo de contrato.

Arts. 65, 71 y 87-90 · Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

La LCSP regula la capacidad de obrar, las prohibiciones de contratar y los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores, exigiendo en todo caso que los requisitos sean proporcionales al objeto del contrato.

Consultar el texto consolidado en el BOE →

Clasificación empresarial: ¿es obligatoria para mi empresa?

Solo es obligatoria en contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 €. Para el resto de contratos de obras y para todos los contratos de servicios, no es exigible, aunque puede usarse de forma voluntaria para acreditar solvencia.

Este es uno de los puntos que más confunde a las pymes que licitan por primera vez. La clasificación empresarial es un registro que certifica que tu empresa tiene la solvencia necesaria para un tipo y volumen de obra determinado, organizado en grupos, subgrupos y categorías.

Art. 77 · Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras. Por debajo de ese umbral, la clasificación no es obligatoria, aunque puede utilizarse como medio para acreditar la solvencia económica, financiera y técnica.

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¿Puedo presentarme si mi empresa es pequeña o no tengo experiencia previa?

Sí. La LCSP prevé dos vías pensadas específicamente para esto: integrar tu solvencia con medios de otras empresas, o agruparte con otras empresas mediante una unión temporal de empresas (UTE) para presentaros conjuntamente.

La integración de solvencia con medios externos permite apoyarte en la experiencia, medios técnicos o capacidad económica de otra empresa o profesional para completar los requisitos que tu empresa no cubre por sí sola, siempre que acredites que dispondrás realmente de esos medios durante la ejecución del contrato.

La unión temporal de empresas (UTE) es distinta: varias empresas se agrupan para presentar una única oferta conjunta, sumando su solvencia técnica y económica. Es habitual cuando ninguna empresa por separado alcanza los requisitos exigidos, o cuando el contrato combina especialidades distintas (por ejemplo, obra civil y instalaciones) que ninguna de las empresas cubre en solitario.

Fases del proceso de licitación, paso a paso

El proceso tiene cinco fases: localizar el anuncio, estudiar los pliegos, preparar y presentar la oferta, esperar la valoración y adjudicación, y formalizar el contrato.

1
Localizar el anuncio

Los anuncios se publican en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) y, según el órgano contratante, también en perfiles de contratante autonómicos o locales.

2
Estudiar los pliegos

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) y el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) contienen todos los requisitos, criterios de valoración y plazos. Es la lectura más importante de todo el proceso.

3
Preparar y presentar la oferta

Normalmente se estructura en un sobre administrativo (declaración responsable o DEUC, acreditación de solvencia), un sobre técnico y un sobre económico, presentados dentro del plazo indicado en el anuncio.

4
Valoración y adjudicación

El órgano de contratación valora las ofertas según los criterios del pliego (precio, calidad técnica, plazo, mejoras) y publica la propuesta de adjudicación.

5
Formalización del contrato

El adjudicatario debe constituir, si se exige, la garantía definitiva, y firmar el contrato dentro del plazo indicado. A partir de ahí comienza la ejecución.

¿Qué pasa si no gano la licitación o creo que la adjudicación fue injusta?

Puedes interponer un recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, o el órgano equivalente de tu comunidad autónoma, en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación.

Recurso especial en materia de contratación · Ley 9/2017

Es un recurso gratuito, previo a la vía judicial, que puede interponerse frente a anuncios de licitación, pliegos y actos de adjudicación en los contratos sujetos a regulación armonizada, entre otros. Tiene suspensión automática cuando el acto recurrido es la adjudicación del contrato; para el resto de actos, puede solicitarse una medida cautelar de suspensión.

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Errores más frecuentes al presentarse a una licitación

  • No leer los pliegos con detenimiento. Ahí están todos los criterios de valoración, plazos y requisitos — un error de lectura puede descalificar una oferta técnicamente buena.
  • Presentar la oferta incompleta o fuera de plazo. Los plazos en contratación pública son estrictos y no admiten excepciones por descuido.
  • No acreditar la solvencia correctamente. Cada pliego pide medios de acreditación concretos — una declaración genérica no siempre es suficiente.
  • Olvidar la garantía provisional o definitiva cuando el pliego la exige, o calcularla mal.
  • Subestimar el tiempo de preparación. Una oferta bien preparada, con toda la documentación en regla, lleva más tiempo del que parece a primera vista.